El aumento de ciclistas en los últimos tiempos y la ausencia de carriles bici en las ciudades conlleva que ciclistas, peatones y conductores se vean obligados a convivir y respetarse los unos a los otros. Aunque para ser ciclista no es necesario disponer de ningún permiso, ello no exime del cumplimiento de las normas más básicas de circulación. El desconocimiento de estas normas no exime de su cumplimiento como es normal y puede ser motivo de sanción administrativa.
LAS OBLIGACIONES MÁS BÁSICAS DE LOS CICLISTAS EN CIUDAD SON LAS SIGUIENTES.
Respetar las normas de circulación básicas, así como el obligado cumplimiento de señales verticales, semáforos y las ordenes de los agentes de tráfico.
Obligación de respetar el sentido del tráfico, quedando completamente prohibido conducir en dirección contraria al mismo.
Todos los menores de 16 años sean conductores u ocupantes están obligados a llevar casco.
En el caso de transportar menores no podrán exceder de 7 años, deberán portar asiento y casco homologado.
El peatón siempre tiene prioridad en paso de peatones y aceras.
Está permitido circular por aceras siempre que el ancho de la misma sea superior a cinco metros y la velocidad no supere los diez kilómetros por hora.
Está completamente prohibido circular con auriculares o utilizar el teléfono móvil mientras se conduce.
Las bicicletas deben aparcarse en zonas habilitadas para tal fin y solo en el caso de que estos estén ocupados podrán amarrarse al mobiliario urbano.
En caso de aglomeración de personas en zonas muy transitada es obligado descender de la bicicleta.
Todas estos consejos están debidamente justificados y estamos obligados a su cumplimiento, en caso contrario podemos ser sancionados por Policía Local o Guardia Civil de tráfico. En la siguiente tabla os informamos de algunas de las sanciones e importes más comunes.
Este texto es solo informativo y se publica para informar a nuestros seguidores sin ningún carácter legal.